Actualidad

menu

PRÁCTICA DEPORTIVA EN LA «NUEVA NORMALIDAD»

24 junio 2020

  • Deporte

Dudas y preguntas frecuentes en la «nueva normalidad»

Puedo organizar competiciones deportivas ya?

Si, pero según la modalidad deportiva y de la instalación donde se realicen existe una previsión de fechas de inicio diferente. Se debe consultar el Anexo II de la Resolución 459/2020, del 23 de junio del Director Gerente del IND.

Puedo organizar campus deportivos de cualquier modalidad?

Si, pero según la modalidad estarán restringidas determinadas tareas, en especial las que tienen oposición y contacto, que previsiblemente se irán permitiendo gradualmente en diferentes fechas según modalidades.

Puedo organizar un carrera popular?

Si, pero con límite de participación de un 50% en relación al evento anterior o de 200 participantes como máximo, y siempre cumpliendo con el protocolo establecido.

Pueden entrar espectadores en un evento deportivo?

Si, pero con los aforos máximos permitidos de dos tercios como máximo, y siempre que se respeten las distancias de seguridad y medidas establecidas.

Puedo jugar un partido de fútbol federado o con mis amigos?

No, todavía no por ser una actividad con contacto y oposición, aunque se prevé que a partir del 15 de agosto se pueda entrenar sin restricciones o jugar de forma recreativa y competiciones a partir del 1 de octubre, todo en el mejor de los supuestos en cuanto a evolución de la pandemia.

Se mantiene un número máximo de participantes por grupo en las actividades? Si, pero se aumenta a 25 personas en las dirigidas, en las federadas y a 30 en grupos de turismo activo. No se mantiene en salas fitnesss.

Es necesario rellenar algún protocolo para comenzar a entrenar? Y para organizar competiciones?

No es necesario rellenar ningún protocolo para el comienzo de entrenamientos excepto en el caso de deportistas profesionales o de Alto Nivel o Alto Rendimiento, o aquellos que vayan a competir en los meses de junio y julio.

Es necesario sin embargo, cumplir con un protocolo para la organización de competiciones y eventos, con declaración responsable del cumplimiento de determinadas medidas.

Es obligatoria la presencia de un/a técnico/a en las salas de fitness?

No, es obligatoria en las horas de máxima afluencia pero puede ser sustituida por un sistema de control de acceso, aforo y de videovigilancia.

Se puede hacer uso de los gimnasios al aire libre?

Si, pero se recomienda limpiar y desinfectar antes y después de cada uso, y respetar siempre la distancia de seguridad.

Cuando se puede entrenar o competir a mi deporte?

Viene marcado en el calendario del Anexo II de la Resolución 459/2020 de 23 de junio del Director Gerente del IND que regula las diferentes modalidades

Es obligatoria la inscripción on line para la participación en cualquier campeonato?

Si, pues el objetivo es disminuir la actividad presencial y los agrupamientos que se puedan ocasionar en las inscripciones con el riesgo que conlleva.

Tengo que respetar el número de usuarios/as por calle en las clases de iniciación o aprendizaje de natación?

No, en este caso solamente se guardará la distancia de seguridad entre el alumnado evitando el contacto también con el/la monitor/a, para lo cual la metodología del curso deberá plantearse en base a esto.

Sigue existiendo el límite de 20 usuarios máximo en gimnasios?

Se elimina el número de 20 usuarios como máximo, pues normalmente no es una práctica grupal, pero se debe respetar los dos tercios de aforo y cumplir los 5 metros cuadrados por usuario en el caso de actividades de poca movilidad y de 16 metros cuadrados en las de gran movilidad.

El año pasado organicé dos carreras de trail, una con 1000 participantes y otra con 150. Cuál es el límite de participación de cada prueba?

La Resolución 459/2020 de 23 de junio del Director Gerente del IND, especifica que la participación en eventos al aire libre podrá ser de hasta 200 personas o bien el 50% de la participación del año anterior. Por tanto, en la primera de las pruebas el límite será de 500 personas y en la segunda de 200.

La especialidad que practico no se ve reflejada en la normativa. Eso quiere decir que no la puedo practicar?

No, se han intentado nombrar de manera genérica la mayoría de las modalidades, pero al ser la casuística tan amplia, no se pueden recoger todas. En este sentido, si hay dudas, consultar con el IND que en base al nivel de contacto de la especialidad y del espacio donde se desarrolle lo valorará.

Puedo utilizar material propio en mi práctica, como aletas o palas de mano para nadar?

Si, si la entidad responsable de la instalación lo acepta, se permite, pero se debe evitar compartirlo, y si así fuera, con las medidas de desinfección pertinentes.

Puedo jugar a badminton o a squash por parejas?

Si, siempre y cuando el espacio permita un ratio de 16 metros cuadrados por practicante, por lo que si se trata de pistas reglamentarias, cumplen este requisito.

Mi pueblo es muy pequeño y hay un frontón pero no tenemos los medios para controlar la asistencia; lo podemos abrir?

Si, en esta etapa todas las instalaciones deportivas se pueden abrir, pero se deberá dar información y difusión de que las actividades de contacto y oposición donde no se respeta la distancia mínima no se pueden practicar, así como no formar grupos de más de 25 personas.

Compartir en: